UN MUNICIPAL DE CÓRDOBA QUEDÓ ATRAPADO EN UNA CHIPIADORA TRABAJANDO Y MURIÓ DOS SEMANAS DESPUÉS: ¿LA ART RESPONDE IGUAL?
Hay una idea instalada, incluso entre gente que trabaja en relación de dependencia hace años: que la ART “cubre” un accidente laboral solo si la consecuencia es inmediata. Si el trabajador sobrevive, se interna, lucha durante semanas y finalmente fallece por una complicación médica, muchos asumen que ahí la cobertura ya no corre igual. No es así — y el caso de un empleado municipal de Brinkmann, Córdoba, sirve para entenderlo con la seriedad que merece.
Rodrigo Leandro Carranza tenía 32 años y trabajaba para la Municipalidad de Brinkmann, en el este de Córdoba. El 27 de agosto estaba haciendo tareas de mantenimiento de espacios verdes en la vía pública cuando quedó atrapado por la barra de mando de una máquina chipiadora de ramas, un componente que gira a gran velocidad para triturar el material vegetal. Otro compañero que se encontraba en el lugar también resultó herido, aunque de menor gravedad.
Carranza sufrió múltiples fracturas y debió ser sometido a distintas cirugías. La gravedad de las lesiones obligó a los médicos a extirparle el bazo y uno de sus riñones. Quedó internado en el Hospital Iturraspe de San Francisco, donde su evolución fue lenta. En los últimos días, un cuadro se sumó al otro: contrajo una infección intrahospitalaria que derivó en neumonía y fiebre persistente. Finalmente, murió en la noche del miércoles 10 de septiembre, catorce días después del accidente. La Fiscalía de Morteros ordenó una autopsia para determinar la causa exacta de la muerte y dispuso el secuestro preventivo de las máquinas involucradas; los peritajes en curso buscan establecer cómo quedó atrapado y si la chipiadora contaba con las protecciones de seguridad correspondientes.
Lo que pocos saben: la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo no exige que la muerte sea inmediata para que se considere un accidente laboral. Cuando el fallecimiento es consecuencia directa o indirecta de las lesiones sufridas en el trabajo —aunque llegue semanas después, por una complicación médica como una infección— la cobertura de ART debe responder igual: gastos médicos de toda la internación y, en caso de muerte, indemnización y pensión para la familia. Más allá de cómo determine la Justicia este caso puntual, sirve para entender cómo funciona la ley en general, según la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (argentina.gob.ar/srt).
¿Qué cobertura hubiera ayudado en esta situación?
Carranza era empleado público, pero la obligación de tener ART alcanza a todo empleador, sea un municipio, una empresa privada o un comercio de dos personas. Esto es lo que corresponde revisar en cualquiera de esos casos:
- ART activa y trabajador registrado desde el primer día, sin importar si el empleador es público o privado
- Cobertura de gastos médicos completos durante toda la internación —cirugías, terapia intensiva, medicación— sin límite de tiempo mientras dure el tratamiento
- Indemnización por fallecimiento y pensión para los derechohabientes (cónyuge, hijos) cuando la muerte es consecuencia del accidente de trabajo, aunque ocurra semanas después
- Seguro de vida con ahorro como protección complementaria, para que la familia no dependa únicamente de los tiempos y montos que fija la ART
El riesgo también está en la vía pública, no solo en una obra
Cuando se habla de accidentes laborales graves, la imagen que aparece casi siempre es la de una obra en construcción. Pero el mantenimiento de espacios verdes, la poda urbana y el manejo de maquinaria como chipiadoras o desmalezadoras implican un riesgo real, muchas veces subestimado por municipios y también por pequeñas empresas de jardinería o paisajismo que contratan personal para estas tareas. La pregunta que vale la pena hacerse no es si “puede pasar”, sino si ese personal está efectivamente cubierto mientras trabaja con ese tipo de máquinas.
Revisar si tu personal está bien dado de alta en ART —y entender qué pasa si un accidente deriva en algo más grave semanas después— es gratis y se puede resolver online, sin importar en qué provincia estés.
No hace falta esperar a que pase algo para saber si tu cobertura actual realmente responde.
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Fuente: El Periódico (San Francisco), 10 de septiembre de 2026
