El seguro de caución le asegura a un tercero (un organismo público, un cliente, un juzgado, un propietario o tu propia sociedad) que vos o tu empresa van a cumplir con lo que se comprometieron. Si no cumplís, la aseguradora le paga a ese tercero y después te reclama a vos. No te protege a vos: protege a quien te la pide.
La diferencia clave con cualquier otro seguro: en un seguro común, la compañía paga el siniestro y la historia termina ahí. En caución, si la aseguradora le paga al asegurado, después tiene derecho a recuperar ese dinero del tomador. Por eso, antes de emitir, la compañía no evalúa un riesgo como un choque o un incendio: evalúa si tu empresa está en condiciones de cumplir.
Es el caso más común. Según la etapa, el organismo puede pedir garantía de mantenimiento de oferta (al presentarte), de cumplimiento de contrato (al ser adjudicado), de anticipo financiero (si te adelantan fondos) y de fondo de reparo (para liberar las retenciones sobre los certificados). El pliego de cada licitación fija qué garantías se exigen y por qué monto.
Una empresa que contrata una obra, un servicio o la provisión de bienes puede pedirle a su proveedor una caución de cumplimiento o de anticipo, igual que en la obra pública.
La caución de alquiler reemplaza a la garantía propietaria: le asegura al dueño que se van a cumplir las obligaciones del contrato.
Garantías ante la Aduana para operaciones de comercio exterior en las que se difiere o se suspende el pago de tributos.
Por ejemplo, la contracautela que un juez puede exigir para dictar una medida cautelar, o la sustitución de un embargo.
Los directores y gerentes de sociedades deben constituir una garantía por su desempeño, según la normativa societaria de cada jurisdicción. La caución es una de las formas más simples de cumplirla.
Antes de emitir la primera póliza, la compañía le otorga a tu empresa un cupo: el monto máximo que está dispuesta a garantizar por vos. Para definirlo analiza la situación económica y financiera de la empresa. Con el cupo aprobado, las pólizas siguientes salen mucho más rápido.
En general la compañía mira los estados contables, los datos de la sociedad y de quien firma, y el detalle de la obligación (el pliego, el contrato o el oficio judicial). Lo que pide exactamente depende de la compañía, del tipo de caución y del monto.
Lo que más demora una caución casi nunca es la compañía: es el ida y vuelta de papeles. Por eso te pido solo lo que la compañía solicita para tu caso, ni un papel más.
No hay un precio de lista. El costo se calcula sobre la suma asegurada y depende del tipo de garantía, del plazo y del análisis de tu empresa. Por eso comparar compañías hace diferencia: mismo pliego, distinta tasa y distinto cupo.
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El tomador, es decir, la persona o empresa que asume la obligación. El que cobra si hay incumplimiento es el asegurado.
No. La aseguradora le paga al asegurado y después puede reclamarle ese monto al tomador. La caución garantiza tu compromiso, no lo reemplaza.
Depende de si tu empresa ya tiene cupo aprobado. Con cupo y los datos completos, la emisión es rápida. Si es la primera vez, primero hay que pasar por el análisis de la compañía, por eso conviene no dejarlo para el último día.
Sí. Trabajo 100% online y gestiono cauciones para empresas de todo el país.
Mandame qué garantía te piden y para cuándo la necesitás. Te digo qué hace falta y arrancamos.